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Participación Torneos Estatales

REGLAMENTO DE PARTICIPACION TORNEOS ESTATALES

 

 

ARTÍCULO 1.-  La liga debe estar inscrita a la Asociación de Futbol Soccer del Estado de Sonora (AFES), representada por el acta constitutiva de la liga, la cual debe de enviarse a la Asociación antes de finalizar el mes de Octubre de cada año.

 

Artículo 2.- La sede de un torneo o campeonato estatal deberá enviar su confirmación por escrito, avalado por el ayuntamiento y firmado de enterado por el representante de asociación de la región. Se comprometerá a realizar el evento según el formato AFES-01; este formato se entregará el día de la asamblea ordinaria o tres meses antes del evento. Tendrá respuesta el mismo día.

 

Artículo 3.- Las ligas participantes en el torneo o campeonato estatal, deberá de solicitar su participación según el formato AFES-02 y estará condicionada dependiendo del % de afiliados que tenga la liga, esta solicitud se presentará en un término no mayor a 15 días hábiles antes del evento, tendrá la respuesta  tres días hábiles posteriores a su solicitud.

 

ARTÍCULO 4.-  Toda liga deberá presentar un censo de jugadores de su liga, avalada por el ayuntamiento y de enterado por el representante de la asociación, según el formato AFES-03, en caso de alterar o mentir, la liga será sancionada económicamente, el municipio no tendrá derecho a tener representantes en ninguna categoría en el periodo de la suspensión y el representante de la AFES será inhabilitado por todo el periodo deportivo; el censo será por ramas y categorías. Censo que se deberán presentar a la Asociación del 1 de Agosto al 31 de Octubre de cada año.

 

ARTÍCULO 5.-  Se reconocerán a las ligas según él % de afiliados.

***** (Cinco estrellas) afiliadas del 97.5 al 100%;

**** (Cuatro estrellas) afiliadas del 95 al 97.5 %;

*** (Tres estrellas) afiliadas del 92.5 al 95 %;

** (Dos estrellas) afiliadas del 90 al 92.5 %;

* (Una estrella) afiliadas del 87.5 al 90 %.

Mediante un certificado expedido por la AFES (Formato AFES-04), el cual será requisito presentar en la junta previa al evento.

 

ARTÍCULO 6.-  No podrán participar en torneos o campeonatos estatales, ligas que no cuenten con estrella.

 

ARTÍCULO 7.-  Se cotejarán las estrellas de las ligas participantes, una semana antes del evento; y se notificará a la liga en las condiciones que participará en el torneo o campeonato estatal.

 

ARTÍCULO 8.-  Una vez aprobado este reglamento de participación en torneos estatales y nacionales, la asamblea extraordinaria surtirá efecto en ramas varoniles y femeniles, en torneos  y campeonatos de olimpiada y federativos, a partir del 15 de Agosto del 2010.

 

ARTÍCULO 9.-  Se informará a cada liga e instituto mensualmente el porcentaje y número de afiliados de la liga, así mismo, se mandará a la prensa escrita de todo el estado, así como a la Comisión del Deporte del Estado de Sonora.

 

ARTÍCULO 10.-  El comité organizador o delegado del torneo o campeonato estatal, nombrará a un responsable de fotografías y tablas de resultados, el cual tendrá la obligación de enviar la información al correo afesonora@hotmail.com , para reenviar la información a la prensa de todo el estado. En los torneos o campeonatos nacionales, el delegado será el encargado de esta función, de no hacerlo, no podrá participar como delegado en eventos futuros.

 

ARTÍCULO 11.-  El porcentaje de apoyo de la Asociación de Futbol Soccer del Estado y de la Comisión del Deporte del Estado será de acuerdo al % de afiliación que tenga la liga que haya ganado el torneo o campeonato estatal, y que se notificará a cada participante del estatal en la junta previa del mismo evento, y el resto que se reduzca será enviado al torneo o campeonato estatal donde gane una liga con ***** (cinco estrellas).

 

ARTÍCULO 12.-  En los torneos o campeonatos estatales podrán participar ex jugadores profesionales, siempre y cuando hayan pagado su baja del sector profesional, el cual deberá presentarlo junto con la demás papelería; teniendo la obligación de presentar la carta de baja en el cercano próximo torneo o campeonato nacional, de no hacerlo, será suspendido por 2 años de los torneos y campeonatos estatales.

 

ARTÍCULO 13.-  Podrá exhibirse como identificación: credencial de elector, pasaporte (No importa no vigente), licencia de automovilista, IMSS, credencial de trabajo, credencial de la escuela vigente o presentar formato AFES-05.

 

ARTÍCULO 14.-  Para un jugador menor de edad podrá presentar como identificación un documento que lo avale el titular del instituto del deporte y firma de enterado del representante de la región (Formato AFES-05) y/o credencial de la escuela vigente.

 

ARTÍCULO 15.-  En caso de que una liga falte, una vez aceptada su participación será acreedora a que el próximo torneo o campeonato estatal, no será aceptada su participación.

 

ARTÍCULO 16.- Los equipos que participen en pre-estatales y estatales, deberán solicitar por escrito su participación, al menos 15 días antes del evento, así mismo, en escrito a parte de la solicitud de convivencia.

 

ARTÍCULO 17.-  La transportación de los representativos del estado será negociada por la AFES; así mismo, en caso de que la liga tenga que poner algún importe de transportación, será depositado a la AFES, la cual expedirá la factura correspondiente y  se encargará de reunir los importes de la liga, AFES Y CODESON para el pago a la línea, el cual expedirá la factura correspondiente a la AFES.

 

ARTÍCULO 18.- Los apoyos de la AFES para representativo del estado será únicamente en los rubros que se presenta en el presupuesto del año deportivo y el comité directivo podrá variar el % de apoyo dependiendo del % de afiliados que tenga la liga ganadora del torneo o campeonato estatal.

 

ARTICULO 19.- Los apoyos de la CODESON en el rubro de transportación para los representativos del estado, serán convenidos con la AFES, asignándoles un importe a cada categoría según sea el evento nacional, pero podrá ser modificado por el comité directivo de la AFES, aunque este convenio esté firmado, reasignando los recursos, según el % de afiliados que presente la liga ganadora del evento estatal.

 

ARTÍCULO 20.-  Solo podrán participar árbitros en torneos y campeonatos estatales, de colegios con 4 o 5 estrellas.

 

ARTÍCULO 21.-  El director técnico para un torneo o campeonato estatal, deberá contar con cualquiera de los siguientes documentos: CESA II, CURBASE II, SICCED IV, INDIT, mínimo, así mismo la Asociación asignará al director técnico en caso de que el ganador del torneo estatal no cumpla con el perfil.

 

ARTÍCULO 22.-  El auxiliar técnico para un torneo o campeonato estatal deberá contar con cualquiera de los siguientes documentos: CESA I, CURBASE I, SICCED II, INDIT, mínimo, así mismo la Asociación asignará al auxiliar técnico en caso de que el ganador del torneo estatal no cumpla con el perfil.

 

ARTÍCULO 23.-  Complemento de la presente en la junta previa de cada torneo o campeonato estatal.

 

ARTÍCULO 24.- Llámese “Asociación” a todos los pertenecientes, afiliados o coadyuvantes, como lo son: comité directivo, jugadores, director técnico, auxiliar técnico, masajista, médico, personal de apoyo, personal laboral de asociación y patrocinadores.

DE LA ASOCACIÓN

 

ARTICULO 25.- Apoyará a las selecciones del Estado, solo y únicamente con el presupuesto aprobado por la asamblea en el periodo anual deportivo en turno.

 

ARTÍCULO 26.- Los recursos obtenidos por concepto de patrocinios, serán distribuidos según como el comité directivo analice y designe a su criterio, en las diferentes partidas autorizadas por la asamblea.

 

ARTÍCULO 27.- Los miembros del comité directivo no podrán participar en forma directa en ningún medio informativo para tratar problemas de las ligas.

 

ARTICULO 28.- Apoyará técnicamente a las ligas afiliadas con los anteproyectos y proyectos de los espacios deportivos y estará al pendiente del seguimiento, una vez que estos lleguen a la Comisión del Deporte del Estado de Sonora.

DE LAS LIGAS

 

ARTICULO 29.- Será obligatorio presentar sus anteproyectos de mejoras de espacios deportivos antes de 1° de Mayo de cada año, para su revisión o complemento, y estos ser ingresados antes del 1° de Agosto de cada año en el Instituto del Deporte correspondiente.

 

ARTÍCULO 30.- Las ligas afiliadas tendrán el derecho de desarrollar el futbol soccer en las mejores instalaciones de su comunidad, exaltando el derecho de la Ley de Deporte del Estado de Sonora, “Los espacios deportivos son para los Asociados”.

 

ARTÍCULO 31.- Las ligas obligatoriamente recabarán recursos antes de iniciar su torneo de apertura, que debe ser con fecha entre Agosto y Septiembre de cada año y deberá venir en las convocatorias respectivas, en referencia a:

  1. De inscripción: Para premiación, papelería, gastos diversos operativos de la liga y gastos para sus selecciones representativas.

  2. De afiliación: Para afiliación ante Asociación y registro de la liga ante Asociación.

  3. De honor: Para apoyo a su selección representativa en caso de salir triunfadora del evento estatal correspondiente y que será del 25% del costo de afiliación, en caso de que el representativo no obtenga el título estatal, este recurso se reembolsará a los equipos, se rehusará para el mismo concepto o se implementará una caja de ahorro para el pago del seguro inmediato mientras se gestiona el reembolso de la FEMEXFUT.

  4.  

 ARTÍCULO 32.- No se programará juegos a los equipos que no cumplan al 100% con el artículo anterior.

 

ARTÍCULO 33.- Las ligas podrán gestionar patrocinios para su operatividad, los cuales serán facturados por la Asociación con una retención del 10%.

 

ARTICULO 34.- La selección de la liga triunfadora en un torneo o campeonato estatal, tendrán todas las facilidades de las otras ligas para escoger los refuerzos que representarán al Estado como Sonora A, así como los recursos disponibles o presupuestado autorizado por la asamblea en el año en curso y respetando las condiciones ventiladas en la junta previa del torneo o campeonato estatal correspondiente.

 

ARTÍCULO 35.- La Selección Sonora  A se conformará con los mejores jugadores que componen el Futbol Asociado del Estado.

 

ARTÍCULO 36.- La liga base después de haber de haber concluido su torneo o campeonato estatal correspondiente del equipo Sonora A, tendrá 45 días para conformar su equipo completo, y presentarla a la Asociación, Esta selección estará compuesta por los mejores jugadores de las diferentes ligas del Estado.

 

ARTÍCULO 37.- Los representativos de Sonora B, C y D solo se conformarán de la liga que quiera participar, totalmente con sus recursos y con el 100% de jugadores de su liga.

 

ARTÍCULO 38.- No podrán participar como el selectivo B, C o D, en los siguientes casos:

  1. Que el selectivo B, C o D, haya escondido, negado, influenciado para que un jugador pertenezca al selectivo A.

  2. Cuando el selectivo B, C o D, no respete los 45 días para conformar el selectivo A.

  3. Cuando interfiera en cuestión de patrocinios.

  4.  

ARTÍCULO 39.- El no respeto a la disposición del artículo anterior la liga no podrá competir en el término de 2 años de torneos y campeonatos estatales de cualquier categoría.

 

DE LOS TORNEOS O CAMPEONATOS ESTATALES

 

ARTÍCULO 40.-  La operatividad de un torneo o campeonato estatal estará a cargo de los representantes de Asociación y de la sede para términos meramente deportivos en lo que refiere a hospedaje, arbitraje, pintado de campos, redes, estadísticas, estará, al 100% a cargo de la sede.

 

ARTÍCULO 41.- La hidratación en un torneo o campeonato estatal será obligación de cada equipo participante, así como la alimentación.

 

ARTÍCULO 42.- La Asociación apoyará  a la sede de torneos y campeonatos estatales con, sí y sólo sí, las partidas que avale la asamblea en el año en curso; en lo referente al caso.

 

ARTÍCULO 43.- La sede tendrá la obligación de hospedaje en las categorías Infantil Menor y niños Héroes con las 4 ligas de más porcentaje de afiliados al momento del torneo o campeonato.

 

ARTÍCULO 44.- La Asociación aportará el 50% de los recursos captados por concepto de inscripción al torneo y campeonato estatal, y este importe será de acuerdo al número de afiliados que tenga la categoría al momento del evento, como base mínima la propuesta pactada en la Asamblea Anual Ordinaria.

 

ARTÍCULO 45.- La alimentación y hospedaje del delegado de árbitros y representante de Asociación, se integrará al presupuesto anual de la Asociación, para su asistencia a torneos y campeonatos estatales, y aprobado por la asamblea.

 

ARTÍCULO 46.- Lo no propuesto en este reglamento, se solventará en las Asambleas Ordinarias, Extraordinarias o específicamente en las juntas previas correspondientes a los torneos o campeonatos estatales.

 

ARTÍCULO 47.- Los gastos referentes a la transportación y diversos gastos de viaje del delegado de árbitros y representantes de Asociación para su asistencia a los torneos y campeonatos estatales, se integrará al presupuesto anual aprobado por la Asamblea.

 

Comité directivo

ING MARTIN TRUJILLO CAMACHO.- PRESIDENTE DE AFES

FAUSTINO OLMOS DE LA CRUZ-VICE PRESIDENTE DE AFES

RAFAEL DE LA ROSA LÓPEZ.- VICEPRESIDENTE DE AFES

JUAN CARLOS CORONADO IBARRA.- VOCAL DE AFES

JOSE SANTOS MADRID SONOQUI.- SECRETARIO AFES

PROSPERO BARBOZA OCHOA.- VICEPRESIDENTE  DE AFES

SERGIO INES MERCADO CABALLERO.- VOCAL DE AFES

LIZETH GPE. SOLORZANO BARRERA.- VOCAL AFES

RAUL MARIO ROMERO LAGARDA.- TESORERO DE AFES

SERGIO LIMON MORENO.- SECRETARIO DE AFES

 

Testigos

ARQ. MARIO DIAZ ARRAZATE.- Presidente FEMEXFUT Sector Aficionado

L.A.E. Vicente Sagrestano Alcaráz.- Director General de CODESON

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